Antes de finalizar el año estará disponible el acceso a la aplicación de “Formación Programada por las Empresas” que permitirá notificar la formación realizada con cargo al crédito asignado para el ejercicio 2018.

Dado que el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015 de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral establece en su disposición transitoria primera que lo relativo a la iniciativa de formación programada por las empresas será de aplicación a las acciones que se inicien a partir del 1 de enero de 2018 se han incorporado las siguientes novedades en la aplicación:

Novedades en la aplicación (RD 694/2017).

Se permitirá la participación de un trabajador en acciones formativas de más de 8 horas diarias cuando la impartición se concentre en una sola jornada. (Artículo 3.6).

Las acciones formativas serán consideradas de modalidad de teleformación cuando la parte presencial de la acción formativa sea igual o inferior al 20 por ciento de su duración total. (Artículo 4.1).

La formación presencial se organizará en grupos de 30 participantes como máximo. En la formación vinculada con certificados de profesionalidad el máximo será 25 de participantes. (Artículo 4.4).

Las empresas de menos de 50 trabajadores podrán indicar su voluntad de reservar el crédito de formación no dispuesto. A partir del 1 de julio esta información no podrá ser modificada. (Artículo 11.3).

Las entidades organizadoras deberán indicar si las empresas que formen parte de una agrupación forman parte de una red empresarial o no. En caso afirmativo deberá indicar de qué red forma parte y con qué vinculo. En este caso, las empresas afectadas podrán desarrollar acciones utilizando para su impartición medios propios o recurriendo a su contratación. (Artículo 14.2).

Además, se he eliminado la siguiente información por no aparecer recogida en el Real Decreto 694/2017:

  • Pestaña de exigencia de cumplimiento de colectivos prioritarios.
  • Clasificación de acciones generales y específicas.
  • Se eliminan los módulos transversales de 2 a 4 horas dentro de las acciones formativas.

Novedades en la aplicación (tecnológicas):

Se han incorporado a la aplicación otras novedades significativas:

• Modificación de la imagen WEB de la aplicación y funcionalidad, destacando las siguientes mejoras:

 Posibilidad de uso en dispositivos móviles.
 Eliminación de la clave de acceso.
 Incorporación de buscadores para los usuarios con acceso a distintas entidades.
 Facilidades en la cumplimentación de datos y en la exportación de información.
 Organización de la información de las diferentes pantallas y eliminación de información requerida.
 Incorporación de mayor información en las notificaciones que se firman por parte de los usuarios y que quedan a su disposición.
 Mejoras en la información que se facilita a los usuarios en cuanto a los motivos por los que las cargas de ficheros XML dan errores.
 Mejoras en la visualización de las pantallas que permite disponer de mayor información.
 Desarrollo de un menú propio para consulta de las notificaciones y uso del buzón exclusivo para las comunicaciones que realiza la FUNDAE.

• Los grupos de empresas tendrán su propio número de expediente.
• Las cuentas de cotización se consignarán a 12 dígitos. En el caso de que la empresa ya conste en el sistema en ejercicios anteriores la conversión será automática.
• Se elimina la información relativa a grupo comunicado a efectos de bonificación o de cofinanciación privada. La diferencia de coste entre la cantidad bonificada y el coste de la formación se considera cofinanciación privada. Así mismo, los grupos que no indiquen cuantía a bonificar también serán considerados como cofinanciación privada.
• El calendario de la formación en la modalidad presencial se generará con los datos de fecha de inicio y finalización, los días de la semana en los que se imparte la formación y el horario previsto. A partir de ahí la aplicación generará un horario detallado por días en función de los datos consignados. Permitirá modificar o eliminar días/horarios antes de incorporarle al grupo formativo, no siendo necesario cumplimentar el apartado de observaciones con las excepciones.
• Los certificados de profesionalidad se podrán comunicar conforme a la normativa que los regula como presenciales o de teleformación y al coste máximo que establece dicha normativa (8€ hora por participante en modalidad presencial y 5€ hora por participante en teleformación). Los centros de impartición se validarán con el Registro de Entidades de Formación y se deberán comunicar los códigos de censo correspondientes. En los certificados de teleformación los participantes se incluirán al inicio de la formación.

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