Formación bonificada a empresas en el extranjero

Nos hacen una pregunta que, entendemos, puede ser muy interesante:

Es posible realizar formación bonificada a empresas a alumnos (trabajadores) que llevamos a otro pais para aprender idiomas?

➡ La empresa es Entidad Organizadora, realiza cursos de idiomas y en su plan de formación contempla el llevar a los trabajadores durante unas semanas a Irlanda e Inglaterra donde perfeccionan el idioma.

Es posible bonificar estos cursos?

  • Hemos releido tanto la ley como el reglamento nuevo acerca de este tema y no hemos encontrado nada que lo permita o lo deniegue
  • Pero consultando con la Fundae, su respuesta es: «No vamos a enviar a inspectores al extranjero«

Por lo que podemos determinar que no, no es posible realizar formación bonificada a empresas en cursos en el extranjero. Una vez mas estamos ante lagunas en la ley y el reglamento que se soluciona a base de los criterios subjetivos de la inspección.

 

La formación bonificada, también conocida como formación programada por las empresas o formación bonificada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (anteriormente Fundación Tripartita) en España, está diseñada para que las empresas financien la formación de sus empleados utilizando parte de las cotizaciones sociales que han pagado. Este sistema está específicamente relacionado con la legislación y las políticas de formación en España.

  1. Jurisdicción y Legislación:
    • La formación bonificada está vinculada a las regulaciones y normativas de formación profesional en el país específico. Cada país puede tener sus propias leyes y políticas en relación con la formación de empleados, y es crucial cumplir con los requisitos locales.
  2. Acuerdos de Cooperación Internacional:
    • Algunos países pueden tener acuerdos de cooperación internacional en el ámbito de la formación profesional. En este caso, las empresas podrían explorar la posibilidad de utilizar beneficios similares en el extranjero.
  3. Entidades Organizadoras y Proveedores de Formación:
    • Las empresas que deseen llevar a cabo formación bonificada en el extranjero pueden necesitar colaborar con entidades organizadoras y proveedores de formación que cumplan con los requisitos y regulaciones locales.
  4. Reconocimiento de la Formación:
    • Es fundamental asegurarse de que la formación realizada en el extranjero sea reconocida y tenga validez en el país de origen de la empresa y en cualquier otra jurisdicción relevante.
  5. Documentación y Registro:
    • Las empresas deben asegurarse de llevar a cabo una documentación adecuada y mantener registros precisos de la formación realizada en el extranjero para cumplir con los requisitos legales.
  6. Asesoramiento Legal y Fiscal:
    • Dada la complejidad de las regulaciones y leyes internacionales, es aconsejable buscar asesoramiento legal y fiscal antes de implementar programas de formación bonificada en el extranjero.
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