Contrato de prestación de servicios de gestora de formación programada a empresas Versión 2020

AL AMPARO DEL EL REAL DECRETO 694/2017, DE 3 DE JULIO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 30/2015, DE 9 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE REGULA EL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN EL ÁMBITO LABORAL

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REUNIDOS EN __________________________   A ____  DE _________________ DE 2019

De una parte, Don/Doña …………………., mayor de edad, en su propio nombre, con DNI ……………… y domicilio en …………………..,  en representación de la Sociedad ……………….., con domicilio social en …………………. y CIF……………………; en adelante LA EMPRESA BONIFICADA

De otra parte, Don/Doña …………………., mayor de edad, en su propio nombre , con DNI ……………… y domicilio en ………..…………….. en representación de la Sociedad ……………….., con domicilio social en …………………. y CIF……………………; en adelante LA GESTORA DE FORMACIÓN

EXPONEN

Que LA GESTORA DE FORMACIÓN  está especializada en la prestación de servicios de ASESORÍA en materia de gestión de la formación programada para las empresas tal como se desarrolla en la Ley 30/2015 de 9 de septiembre y el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

Además, LA GESTORA DE FORMACIÓN es socio de Autoforma, asociación profesional nacional de empresas gestoras de formación con número de asociado XXXXXXXXXXXX

Que LA EMPRESA BONIFICADA requiere sus servicios profesionales, que serán concretados en la cláusula PRIMERA de este contrato.

Ambas partes se reconocen mutuamente suficiente capacidad jurídica y de obrar para el otorgamiento del presente contrato, a cuyo efecto acuerdan las siguientes

CLÁUSULAS

  1. OBJETO DEL CONTRATO Y FUNCIONES A DESARROLLAR. 
  1. LA GESTORA DE FORMACIÓN se compromete a gestionar la gestión documental y telemática de las acciones formativas de LA EMPRESA BONIFICADA que vayan a ser comunicadas en el aplicativo telemático de la Fundación Estatal y que sean objeto bien de bonificación, bien de cofinanciación privada, según el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
  2. LA GESTORA DE FORMACIÓN se compromete a gestionar a la EMPRESA BONIFICADA los permisos individuales de formación que vayan a ser comunicadas en el aplicativo telemático de la Fundación Estatal y que sean objeto de bonificación según el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
  1. OBLIGACIONES DE LA GESTORA DE FORMACIÓN: 
    1. Gestionar la aplicación telemática de la Fundación Estatal dentro de entorno “empresa bonificada” de LA EMPRESA BONIFICADA. Para ello el LA EMPRESA BONIFICADA dará privilegios de gestor en aplicación telemática de la Fundación Estatal a la GESTORA DE FORMACIÓN.
    2. Desarrollar la documentación necesaria y requerida de información a la Representación legal de los trabajadores
    3. Realizar las comunicaciones de inicio de las formaciones solicitadas por LA EMPRESA BONIFICADA en tiempo y forma
    4. Realizar las comunicaciones de finalizaciones de las formaciones solicitadas por la EMPRESA BONIFICADA en tiempo y forma
    5. Comunicar a la empresa la información relativa a la aplicación de la bonificación
    6. Asesorar a la EMPRESA BONIFICADA en las acciones de seguimiento y control expost que pudieran producirse por la gestión de las acciones formativas.
    7. Prestar sus servicios de forma diligente.
    8. Generar los documentos necesarios para la gestión de la formación programada por la EMPRESA BONIFICADA, para posterior custodia por parte de esta, en tiempo y forma.
    9. Realizar las gestiones pertinentes ante la Fundación Estatal o el SEPE derivadas del desarrollo de las acciones formativas gestionadas.
  1. FUNCIONES Y OBLIGACIONES DEL LA EMPRESA BONIFICADA
    1. Autorizar a los empleados que LA GESTORA DE FORMACIÓN designe de su plantilla en el aplicativo telemático de la Fundación Estatal, asignándoles el perfil de administrador.
    2. Solicitar la gestión de acciones formativas para los trabajadores adecuadas a las necesidades formativas reales, inmediatas y específicas de la empresa.
    3. Cofinanciar las acciones formativas de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
    4. Ejecutar las acciones formativas en los términos comunicados a la GESTORA DE FORMACIÓN
    5. Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas, así como las bonificaciones que se apliquen 
    6. Custodiar la documentación relativa a la gestión de la formación solicitada y que será entregada por LA GESTORA DE FORMACIÓN para su custodia, durante, al menos, cuatro años.
    7. Si lo hubiera, cumplir el derecho de información a la representación legal de los trabajadores
    8. No solicitar pago de las acciones formativas a los participantes
    9. No simular contrataciones con el objeto del disfrute exclusivo de formaciones y por ende bonificaciones de dichas acciones formativas.
    10. Informar a la GESTORA DE FORMACIÓN de los posibles cambios societarios que pudieran producirse
    11. Presentar los documentos que corresponda para la correcta prestación del servicio por parte de LA GESTORA DE FORMACIÓN.
    12. Asimismo, LA EMPRESA BONIFICADA será responsable de la falta de documentación presentada y de las responsabilidades que se deriven de ella.
    13. El pago de los servicios prestados por LA GESTORA DE FORMACIÓN con las condiciones que se hayan acordado en las cláusulas CUARTA y QUINTA de este contrato.
  1. RESERVA DE CRÉDITO. 

Se autoriza a LA GESTORA DE FORMACIÓN  de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.4 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral y en el artículo 11.3 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que desarrolla la citada Ley, que si la EMPRESA BONIFICADA  ha tenido de menos de 50 trabajadores en el año anterior acumule el crédito de formación con el del siguiente o los dos siguientes ejercicios, de tal forma que el crédito de formación no dispuesto por la EMPRESA BONIFICADA en un ejercicio podrá aplicarse en el siguiente o hasta los dos siguientes, dentro de los primeros seis meses del ejercicio en curso. 

Este hecho no impide que, si la EMPRESA BONIFICADA solicita hacer uso del crédito de formación en el segundo semestre pueda hacerlo. En tal caso, no se acumularía el crédito para el siguiente ejercicio.

  1. RECEPCIÓN DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS

Se da poder especial para que:

  1. XXXXXXXX con NIF XXXXXXXXX 

pueda actuar para para recibir notificaciones del Servicio Público de Empleo Estatal en materia de gestión de la formación programada a empresas de la EMPRESA BONIFICADA durante el periodo de vigencia de este contrato de adhesión y con un máximo de 5 años desde la firma de este.

  1. DURACIÓN DEL CONTRATO. 

Las partes acuerdan que el contrato tendrá una duración de un año, siendo prorrogado, de forma tácita, por iguales periodos de tiempo, salvo renuncia expresa de alguna de las partes y siendo comunicada con, al menos, un mes de antelación.

  1. FECHA DE INICIO DE LOS SERVICIOS. 

La fecha de inicio de los servicios prestados por LA GESTORA DE FORMACIÓN será el día de la firma del presente contrato.

  1. HONORARIOS

Los honorarios de LA GESTORA DE FORMACIÓN ascienden a un total deI 10 % de la cantidad que la empresa bonifique por acción formativa y grupo o PIF en concepto formación programada para la empresa al amparo del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

  1. FORMA DE PAGO. 

LA EMPRESA BONIFICADA hará efectiva la cantidad estipulada en la cláusula anterior de la forma siguiente:

  1. El último día hábil de cada mes LA GESTORA DE FORMACIÓN presentará factura por las gestiones de acciones formativas finalizadas o permisos individuales de formación y que serán bonificadas en los Seguros Sociales de ese mes, y que serán hechas efectivas al mes siguiente.
  2. El pago de la factura se realizará en los diez primeros días del mes siguiente al que se ha hecho efectiva la bonificación detallada en la factura.  En ningún caso el pago será superior a 45 días de la emisión de la factura.
  3. La forma de pago será mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN …………. 
  1. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

El presente contrato podrá ser resuelto:

  1. Por acuerdo de las partes, mediante notificación fehaciente por escrito a la otra parte, y siempre que medie un preaviso mínimo de un mes.
  2. De forma unilateral, cuando concurra alguna de las siguientes causas:
    1. Incumplimiento de las obligaciones especificadas en el contrato.
    2. Declaración situación de concurso de LA EMPRESA BONIFICADA o de LA GESTORA DE FORMACIÓN, o situaciones análogas que impliquen el fin de la relación contractual.
  1. PÓLIZA DE ASEGURAMIENTO PROFESIONAL. 

LA GESTORA DE FORMACIÓN tiene suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil con la compañía………………… con las siguientes coberturas:

  1. PROTECCIÓN DE DATOS

Los firmantes del presente contrato garantizarán el cumplimiento con lo establecido en el nuevo Reglamento Europeo de protección de datos de carácter personal 2016/679, asumiendo las obligaciones y responsabilidades que se derivan de la misma y de la suscripción del presente documento.

Todos los datos de carácter personal que se comuniquen por razón del objeto de este contrato tendrán carácter confidencial y serán utilizados exclusivamente para los propósitos del contrato, sin que se puedan aplicar a un fin distinto, ni tampoco comunicarlos, ni siquiera para su mera conservación, a otras personas. Esta obligación se mantendrá vigente incluso después de terminación de la vigencia del contrato, por cualquier razón que fuere.

Las partes adoptarán las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos y evite su alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos.

Asimismo, le informamos de que puede ejercitar, en cualquier momento que lo desee, los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y en su caso oposición de sus datos de acuerdo con dicha legislación, a través de la dirección de correo electrónico: EMAIL DE LA GESTORA DE FORMACIÓN y/o, enviando un escrito al Responsable del tratamiento.  

  1. CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD. 

LA GESTORA DE FORMACIÓN se compromete a mantener la confidencialidad acerca de los datos e informaciones que LA EMPRESA BONIFICADA le haya facilitado para la ejecución de los servicios de asesoría encomendados, salvo que deban ser divulgadas por imperativo legal.

  1. SUMISIÓN A TRIBUNALES. 

Las partes acuerdan que para las discrepancias que pudieran surgir en la interpretación, ejecución o aplicación contrato, se someten expresamente a los Juzgados/Tribunales de …………………. 

Y, en prueba de conformidad, los comparecientes firman,

 

POR LA EMPRESA BONIFICADA POR LA GESTORA DE FORMACIÓN

 

 

 

Siempre es recomendable consultar a un abogado o profesional legal para personalizar y revisar este tipo de contrato antes de su uso.


CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GESTORA DE FORMACIÓN PROGRAMADA A EMPRESAS

**[Nombre de la Gestora de Formación], en adelante «La Gestora,» con domicilio en [Dirección de la Gestora], y número de identificación fiscal [NIF de la Gestora], representada por [Nombre del Representante Legal de la Gestora], en su calidad de [Cargo del Representante Legal de la Gestora], en adelante «El Prestador,» por una parte; y

**[Nombre de la Empresa Cliente], en adelante «La Empresa Cliente,» con domicilio en [Dirección de la Empresa Cliente], y número de identificación fiscal [NIF de la Empresa Cliente], representada por [Nombre del Representante Legal de la Empresa Cliente], en su calidad de [Cargo del Representante Legal de la Empresa Cliente], por otra parte;

En conjunto, las partes se denominarán «Las Partes.»

ANTECEDENTES:

  1. La Gestora es una entidad especializada en la gestión de formación programada por las empresas, conforme a la legislación vigente y los procedimientos establecidos por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) u órgano equivalente.
  2. La Empresa Cliente desea contratar los servicios de La Gestora para la planificación, gestión, ejecución, y administración de programas de formación para sus empleados.

CLAUSULA 1: OBJETO DEL CONTRATO

1.1. El objeto de este contrato es regular las condiciones bajo las cuales La Gestora prestará a La Empresa Cliente los siguientes servicios de gestión de formación programada por las empresas:

a) Planificación y elaboración del Plan de Formación Anual.

b) Gestión administrativa de la formación (comunicación a FUNDAE, inscripciones, seguimiento de grupos, etc.).

c) Coordinación y supervisión de acciones formativas.

d) Evaluación y seguimiento de la formación.

e) Presentación de los informes y documentos necesarios ante FUNDAE u órgano equivalente.

1.2. La Empresa Cliente reconoce que La Gestora actuará como intermediaria entre La Empresa Cliente y FUNDAE u órgano equivalente, y se compromete a cooperar plenamente en la gestión de la formación.

CLAUSULA 2: OBLIGACIONES DE LAS PARTES

2.1. Obligaciones de La Gestora:

a) Planificar y coordinar la formación de acuerdo con las necesidades de La Empresa Cliente.

b) Gestionar los trámites administrativos necesarios ante FUNDAE u órgano equivalente.

c) Proporcionar informes periódicos a La Empresa Cliente sobre el estado de la formación.

d) Cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables a la gestión de formación programada por las empresas.

2.2. Obligaciones de La Empresa Cliente:

a) Proporcionar a La Gestora la información necesaria para la elaboración del Plan de Formación Anual.

b) Designar a un representante para la gestión de la formación en La Empresa Cliente.

c) Pagar a La Gestora los honorarios acordados por la prestación de los servicios.

CLAUSULA 3: HONORARIOS

3.1. La Empresa Cliente pagará a La Gestora los honorarios acordados por la prestación de los servicios. Los honorarios serán calculados de la siguiente manera: [Detalle los términos de cálculo de los honorarios, como una cantidad fija, un porcentaje de la formación, etc.].

3.2. El pago de los honorarios se realizará de acuerdo con el calendario de pagos acordado entre Las Partes.

CLAUSULA 4: DURACIÓN DEL CONTRATO

4.1. Este contrato tendrá una duración de [Especificar la duración del contrato, por ejemplo, un año] a partir de la fecha de firma.

4.2. El contrato podrá prorrogarse automáticamente por períodos iguales, a menos que una de las partes notifique por escrito su intención de no prorrogarlo con al menos [Especificar el período de notificación] de antelación al vencimiento del plazo.

CLAUSULA 5: CONFIDENCIALIDAD

5.1. Las Partes acuerdan mantener la confidencialidad de toda la información confidencial a la que tengan

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